PPD nacional expulsa de sus filas a militantes de la directiva regional

6 de enero de 2022

A través de un comunicado, el partido en cuestión dio a conocer la determinación tras una investigación llevada adelante hace algunos meses. En el escrito se señala en parte que «este tribunal a lo largo de un proceso deliberativo y analizando cada uno de los antecedentes reunidos y estimado lo que sintéticamente se ha expuesto en los números precedentes, pudo determinar que los militantes Maritza Oyarzo, Emiliano Escalante, Alejandra Rubilar, Pedro Díaz, María Rosa Cárdenas, Gonzalo Barrientos, Teresita Loainza, Juan Carlos Cárcamo y Milena Yáncovic, en vistas de las acciones llevadas a cabo por ellas, como las Declaraciones Públicas efectuadas, tanto interna como externamente, así como en los medios de comunicación, constituyen infracción al artículo Segundo numeral 4° y Articulo Cuarto del Estatuto del Partido por la Democracia y al articulo 34 letra b), c) y e) de la ley 18.603.»

El comunicado íntegro es el siguiente:

«Que, con fecha 09 de septiembre se presenta denuncia en contra del compañero Secretario
General del Partido Por la Democracia, José Toro, efectuada por los compañeros y
compañeras miembros de la directiva regional; Maritza Oyarzo, Emiliano Escalante,
Alejandra Rubilar, Pedro Díaz, María Rosa Cárdenas, Gonzalo Barrientos, Teresita
Loainza, Juan Carlos Cárcamo y Milena Yáncovic, quienes acompañan documentos que
sustentan su pretensión.
Que con fecha 22 de septiembre del año en curso, la Directiva del PPD Región de
Magallanes efectúa una Declaración Pública la que es difundida a través de diversos
medios de comunicación regionales y suscrita por los compañeros/as; Maritza Oyarzo,
Marlene Soto, Emiliano Escalante, Gonzalo Barrientos, Juan Carlos Cárcamo, Teresita
Loainza, Alejandra Rubilar, Pedro Díaz, María Rosa Cárdenas.
Que, con fecha 23 de septiembre, se presenta ante este Tribunal Supremo denuncia en
contra de la Directiva Regional de Magallanes por parte de los compañeros y compañeras;
Verónica Aguilar, concejala de Punta Arenas; Cristian Ramos, Candidato a CORE y
miembro del Consejo Regional, Juan Pablo Navarrete, vicepresidente regional, y José
Becerra, concejal de Punta Arenas.
Que, con la misma fecha se resolvió dar traslado a todos los involucrados para efectos de
efectuar sus observaciones y descargos. Asimismo se formularon cargos en contra de los
compañeros/as Maritza Oyarzo, Emiliano Escalante, Alejandra Rubilar, Pedro Díaz, María
Rosa Cárdenas, Gonzalo Barrientos, Teresita Loainza, Juan Carlos Cárcamo y Milena
Yáncovic, en vistas de la Declaración Pública efectuada, y en virtud de lo dispuesto y lo
dispuesto en los estatutos del Partido Por la Democracia artículos 2 numeral 4); 53 letra d),
y artículo 34 de la Ley N° 18.603 letras b) c) y e), en relación con lo acordado en el LVIII
Consejo Nacional del Partido Por la Democracia de fecha 20 de agosto 2021,
particularmente lo dispuesto en relación a Pactos Electorales y Nominación de Candidatos.
Dichos cargos imputados fueron los siguientes:
Primer Cargo: “Incumplimiento de las decisiones adoptadas por los órganos
competentes del partido, por cuanto el Consejo Nacional adoptó la decisión por la
PARTIDO POR LA DEMOCRACIA
TRIBUNAL SUPREMO

mayoría de sus miembros, entregar la facultad a la Mesa Directiva del Partido para
suscribir pactos y decidir en torno a los candidatos a primarias, elección de
diputados, senadores y consejeros regionales, como así mismo se facultó a la Mesa
Directiva del Partido Por la Democracia, para que procediera en la búsqueda y
nominación e inscripción de declaración de candidaturas a que diera lugar cada una
de las elecciones de diputados, senadores y consejeros regionales”.
Segundo Cargo: “Contravención al Principio de unidad del Partido Por la
Democracia, por cuanto mediante la Declaración Pública efectuada en calidad de
Directiva de Consejo Regional de Magallanes, y no en su calidad de militantes,
afectaron el desarrollo conjunto del partido en un marco ético, incurriendo además,
en dicho acto en expresiones que importan ofensas y descrédito contra miembros
del Partido, en miras a lo establecido en los estatutos”.
Que, conjuntamente con los cargos formulados a los militantes antes individualizados se
decretó la suspensión de sus respectivos cargos, provisoriamente durante el transcurso de
la investigación instruida, a los compañeros/as: Maritza Oyarzo, Marlene Soto, Emiliano
Escalante, Gonzalo Barrientos, Juan Carlos Cárcamo, Teresita Loainza, Alejandra Rubilar,
Pedro Díaz, María Rosa Cárdenas.
Que con fecha 06 de octubre del mismo año, se recepcionaron los descargos y
observaciones de las partes, quienes expusieron razones y fundamentos de sus
pretensiones.
Que, asimismo, se tomó conocimiento por parte de este Tribunal que él mismo día 06 de
octubre de 2020, día de la recepción de los documentos de descargos, se efectuó una
toma por parte de miembros del Regional de Magallanes.
CONSIDERANDOS:
1) Que, se revisaron todos los antecedentes reunidos ante este Tribunal Supremo,
consistentes en las denuncias antes señaladas y publicaciones diversas en medios
de comunicación.
2) Que, dentro de la revisión de antecedentes se consideraron los descargos
efectuados por las partes, tomando en cuenta los antecedentes acompañados a las
respectivas presentaciones, motivaciones y actos posteriores.
PARTIDO POR LA DEMOCRACIA
TRIBUNAL SUPREMO

3) Que, de los antecedentes tenidos a la vista se llegó a la convicción por parte de este
Tribunal que la toma efectuada por parte de miembros del Regional de Magallanes
tuvo el carácter de arbitraria e ilegítima, toda vez que la situación planteada como
justificación para su ejecución estaba siendo ventilada por los canales formales
partidarios y en especial por este Tribunal Supremo.
4) Que, para la resolución del presente procedimiento sancionatorio se tuvo a la vista
del pleno de este tribunal voto político aprobado el LVIII Consejo Nacional del
Partido Por la Democracia de fecha 20 de agosto 2021.
5) Que, se pudo determinar por este Tribunal que los militantes a los cuales se
les formularon cargos son responsable disciplinaria y estatutariamente al
acreditarse como efectivo el Primer Cargo, por : “Incumplimiento de las
decisiones adoptadas por los órganos competentes del partido, por cuanto el
Consejo Nacional adoptó la decisión por la mayoría de sus miembros, entregar la
facultad a la Mesa Directiva del Partido para suscribir pactos y decidir en torno a los
candidatos a primarias, elección de diputados, senadores y consejeros regionales,
como así mismo se facultó a la Mesa Directiva del Partido Por la Democracia, para
que procediera en la búsqueda y nominación e inscripción de declaración de
candidaturas a que diera lugar cada una de las elecciones de diputados, senadores
y consejeros regionales”, lo cual no fue observado, en síntesis, por dichos militantes
al declarar públicamente que como directiva no darían cumplimiento a aquella
decisión adoptada por la institucionalidad partidaria de manera legítima y
cumpliendo a cabalidad los Estatutos.
6) Que, conjuntamente con lo anterior, se pudo determinar por este Tribunal que
los militantes a los cuales se les formularon cargos son responsable
disciplinariamente al acreditarse como efectivo el Segundo Cargo por:
“Contravención al Principio de unidad del Partido Por la Democracia, por cuanto
mediante la Declaración Pública efectuada en calidad de Directiva de Consejo
Regional de Magallanes, y no en su calidad de militantes, afectaron el desarrollo
conjunto del partido en un marco ético, incurriendo además, al llevar a cabo dicho
acto, en expresiones que importan ofensas y descrédito contra miembros del
Partido, en infracción flagrante a lo establecido en los estatutos”. Además, dicho
cargo al evidenciarse como efectivo, a todas luces afectó gravemente la imagen
partidaria así como los principios que lo fundan, lo cual debe resguardarse con celo
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por parte de este tribunal impidiendo que dichas acciones puedan volver a replicarse
por los mismos u otros militantes.
7) Que, las acciones realizadas por los militantes a los cuales se les imputo cargos por
resolución de este Tribunal de fecha 23 de septiembre de 2020, constituyen
infracción tanto a la ley 18.603, como a los Estatutos Partidarios, dado que los
hechos investigados atentaron contra la máxima de tolerancia y respeto mutuo que
deben caracterizar la convivencia interna del PPD, lo cual se encuentra, dada su
importancia, expresamente incorporado en el Estatuto partidario. Además dichos
hechos ejecutados y acreditados ante este Tribunal se encuentran categorizados
en la ley 18.604 expresamente como infracciones a la disciplina, dado que se
estableció que a raíz de los hechos ejecutados se infringió los acuerdos adoptados
por los organismos oficiales del partido; se Incurrió en actos que importen ofensas,
descrédito o maltrato contra miembros del partido; y se incumplieron pactos
políticos, electorales o parlamentarios celebrados por el partido.
8) Que, este tribunal a lo largo de un proceso deliberativo y analizando cada uno de
los antecedentes reunidos y estimado lo que sintéticamente se ha expuesto en los
números precedentes, pudo determinar que los militantes Maritza Oyarzo, Emiliano
Escalante, Alejandra Rubilar, Pedro Díaz, María Rosa Cárdenas, Gonzalo
Barrientos, Teresita Loainza, Juan Carlos Cárcamo y Milena Yáncovic, en vistas de
las acciones llevadas a cabo por ellas, como las Declaraciones Públicas
efectuadas, tanto interna como externamente, así como en los medios de
comunicación, constituyen infracción al artículo Segundo numeral 4° y Articulo
Cuarto del Estatuto del Partido por la Democracia y al articulo 34 letra b), c) y e) de
la ley 18.603.
9) Que, al quedar establecido que los militantes antes individualizados cometieron las
infracciones indicadas, corresponde a este Tribunal sancionarlos tal como se
indicará en lo resolutivo de este instrumento.
10) Que, con respecto al compañero José Toro, este tribunal ha llegado a la convicción
que con su actuar en el proceso de determinación de candidaturas al parlamento,
no obró con la rigurosidad que exige su cargo, llevándolo incumplir su deber de
cuidado y debida comunicación con los dirigentes regionales de Magallanes, por
ende corresponde a este tribunal reprochar dicha actitud aplicando una sanción la
que se determinará en lo resolutivo del presente instrumento.
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TRIBUNAL SUPREMO

11) Que, es importante expresar por medio de la presente resolución, que las
grabaciones acompañadas a la denuncia contra don Jose Toro , de acuerdo a sus
principios partidarios, la normativa penal chilena, que se aplica a este caso por
analogía ante la ausencia de normativa legal específica que lo resuelva y la
Constitución Política de Chile, constituyen Prueba ilícita, toda vez que dicha
grabaciones fueron obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales, al no
pedírsele autorización para su grabación, por parte de aquel contra quien se
pretende hacer valer.
Y TENIENDO PRESENTE, lo dispuesto en el Artículos Quincuagésimo Tercero y Cuarto
del Estatuto del Partido Por la Democracia, dictamos la siguiente:
RESOLUCIÓN
1- CENSÚRASE, por escrito a don José Toro, en virtud de lo expuesto en los
considerandos de este instrumento.
2- EXPÚLSASE del Partido Por la Democracia a los siguientes militantes:

  • Maritza Oyarzo,
  • Marlene Soto,
  • Emiliano Escalante,
  • Gonzalo Barrientos,
  • Juan Carlos Cárcamo,
    -Teresita Loainza,
  • Alejandra Rubilar,
    -Pedro Díaz, y
  • María Rosa Cárdenas.
    3- ANÓTESE la circunstancia de expulsión decretada en el número anterior, en los
    registros de militantes del Partido.
    4- NOTIFÍQUESE por cualquier medio apto a José Toro, Maritza Oyarzo, Marlene Soto,
    Emiliano Escalante, Gonzalo Barrientos, Juan Carlos Cárcamo, Teresita Loainza,
    Alejandra Rubilar, Pedro Díaz, María Rosa Cárdenas, Verónica Aguilar, Cristian
    Ramos, Juan Pablo Navarrete, y José Becerra.
    PARTIDO POR LA DEMOCRACIA
    TRIBUNAL SUPREMO
    5- PUBLÍCASE en la página web del Partido por la Democracia.
    ANÓTESE, REGÍSTRASE, COMUNÍCASE Y CÚMPLASE
    Resolución dictada por unanimidad de los miembros presentes, cumpliéndose la
    mayoría absoluta de los miembros en ejercicio.»
Escrito por: Redacción ZonaZero - Comunicado