Operación Renta 2022: Contribuyentes ya pueden revisar declaración y fechas elaboradas por el SII

29 de marzo de 2022

El Servicio de Impuestos Internos (SII) ofrecerá este año la Operación Renta 2022 elaborada por el organismo a más de 3,5 millones de personas naturales y empresas inscritas en los regímenes Propyme.

Esto, en el marco de una serie de medidas implementadas por la entidad para simplificar y agilizar el proceso.

Lo anterior, además de permitir que los contribuyentes puedan cumplir con su obligación en línea desde el lugar en que se encuentren.

Además, se considera un contexto todavía marcado por la emergencia sanitaria, donde los esfuerzos para garantizar el cumplimiento tributario son aún más relevantes.

La propuesta ya está disponible en Internet con la información recibida por el SII hasta ahora.

Es por esto que se recomienda a los contribuyentes revisar el detalle de la información propia y de terceros que sirvió de base. Esto, para la confección de su declaración, y si está correcta, aceptarla a partir del viernes 1 de abril.

En caso de detectar inconsistencias en la información, se sugiere contactar al agente retenedor o informante, para que rectifique los antecedentes. Es importante que las personas se tomen el tiempo necesario para revisar la propuesta, ya que disponen de más de 20 días para aceptarla.

La Operación Renta 2022 se inicia oficialmente este viernes 1 de abril.

Durante el proceso el SII proyecta que declaren el impuesto más de cuatro millones de contribuyentes. De esta cifra, aproximadamente 1 millón corresponde a empresas.

El periodo de presentación para las declaraciones por internet que no impliquen pago, se extenderá entre el 1 de abril y el 10 de mayo.

En el caso de las declaraciones a las que les corresponda pago de impuestos, el plazo de presentación será entre el 8 de abril y el 2 de mayo.

El primer período para declarar y obtener la devolución anticipada de excedentes de Impuesto a la Renta se extiende entre el 1 y el 21 de abril, lo que permite acceder a la devolución el 12 de mayo para quienes soliciten transferencia electrónica.

A continuación, se detallan los plazos de devolución:

Presentación de Declaración:

● 1 de Abril al 21 de Abril
● 22 de Abril al 29 de Abril
● 30 de Abril al 10 de Mayo

Devolución por Depósito:

● Ju 12-05-2022
● Ju 19-05-2022
● Ju 26-05-2022

Devolución por Cheque:

● Lu 30-05-2022
● Lu 30-05-2022
● Lu 30-05-2022

En esta Operación Renta, cerca de 500 mil trabajadores a honorarios deberán pagar sus cotizaciones previsionales con cargo a su devolución.https://4b820839938f70d825647a80809b01c9.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-38/html/container.html

Esto les permitirá acceder al seguro de invalidez y sobrevivencia, a la cobertura contra accidentes laborales y enfermedades profesionales, derecho a cuidar a los hijos en el marco de la Ley SANNA, prestaciones de salud, licencia médica y subsidios asociados, derecho a asignaciones familiares, y derecho a pensiones.

Tendrán la opción de hacerlo sobre el 100% de la base imponible de cotizaciones, lo que le otorgará cobertura previsional total, o sobre el 37%, para acceder a una cobertura parcial.

Ello de acuerdo a la Ley de Protección Social contempla una gradualidad en este pago.

Asimismo, y tal como estableció la ley, quienes hicieron el 2º retiro de fondos previsionales desde las AFP durante 2021, deberán incorporar dicho monto como ingreso dentro de la base del Impuesto Global Complementario, cuando sus rentas superen los $19.501.560.

Por último, 1.308.152 personas que solicitaron el Préstamo Solidario 2020 deben pagar la primera cuota en esta Operación Renta, que corresponde al 10% del monto solicitado y que no puede ser mayor al 5% de los ingresos anuales obtenidos en 2021 y que se declaran en este proceso.

El SII implementó un sistema de consulta en línea de los beneficios que solicitó cada persona durante 2020.

Los contribuyentes podrán acceder al detalle del cálculo y cuota que les corresponde pagar este año.

Esta considerará las retenciones adicionales de 3% realizadas en su sueldo, boleta de honorarios y/o declarada y pagada a través del Formulario 29.

Lo anterior, junto con el prepago que puedan haber realizado voluntariamente a través del Formulario 50.

Escrito por: Redacción ZonaZero