El silencio inentendible y los errores del Gobierno que mantienen aún en su cargo a Andro Mimica

17 de julio de 2023

Una nueva sociedad a nombre del vocero de Gobierno ha salido a la luz en las últimas horas. Se trata de Electrónica Hermanos Mimica Limitada que fue constituida el 21 de febrero de 2018 y que actualmente se encuentra vigente. Esta última tampoco figura como parte de su declaración de patrimonio, según certifica la página Infoprobidad. Esta se suma, por el momento, a la también vigente sociedad de la que Mimica es socio y representante legal denominada Gastronomía Mimica y Rubilar Spa.

Pero ¿qué sucedió en todos estos meses por parte de los órganos fiscalizadores que no se dieron cuenta de la grave falta cometida por el representante del Gobierno? ¿Por que la anterior delegada presidencial, Luz Bermúdez, y el actual delegado, José Ruíz, no tuvieron esa información? También asalta la duda del por qué la Contraloría General de la República no reparó en dichos antecedentes faltantes, y menos se entiende cómo una persona designada no entregó dicha información a su ministerio correspondiente. Sin dejar de mencionar la falta de pulcritud en la revisión de antecedentes por parte de sus superiores, o de los equipos y entidades a cargo de aquello.

¿Tiene o tuvo todos los antecedentes a la vista la jefa de Mimica, ministra Camila Vallejo, al momento de confirmarlo en el cargo hace algunos días?

Recordemos que según la normativa, la declaración de intereses y patrimonio debe efectuarse dentro de los treinta días siguientes de la fecha de asunción del cargo (14 de diciembre de 2022). Además, el declarante debe actualizarla anualmente, durante el mes de marzo, y dentro de los treinta días posteriores a concluir sus funciones.

Además, la ley apunta a que deben ser declaradas las actividades profesionales, laborales, económicas, gremiales o de beneficencia, sean o no remuneradas, que realice o en que participe el declarante, incluidas las realizadas en los doce meses anteriores a la fecha de asunción del cargo.

Por último, cabe señalar que la norma es clara respecto de que si la persona obligada a efectuar o actualizar la declaración de intereses y patrimonio no la realiza dentro del plazo dispuesto para ello o la efectúa de manera incompleta o inexacta, la Contraloría General de la República de oficio o a petición fundada de cualquier interesado deberá apercibir al infractor para que la realice o rectifique dentro del plazo de diez días hábiles.

Una falta grave, que se salta todos los procedimientos administrativos obligatorios, y que demuestra una falta de orden de la persona designada, pero al mismo tiempo una inentendible inacción de parte de quienes tienen que estar atentos a estas situaciones.

Y por otro lado, el incomprensible silencio de las autoridades locales frente a este tema, que sigue entregando más antecedentes cada día.

Escrito por: Equipo de investigación ZonaZero.