El Pluralismo Jurídico, la norma aprobada en general por la CC

16 de febrero de 2022

Por 114 votos a favor y 37 votos en contra, el pleno de la Convención Constitucional aprobó de manera general el artículo 2 del informe de la comisión de Sistemas de Justicias que establece el «pluralismo jurídico». Conoce de qué trata la idea que debe ser revisada de manera particular y qué necesita para convertirse en norma constitucional.

Entre la noche de este martes y la madrugada de miércoles el pleno de la Convención Constitucional votó las primeras normas y aprobó 14 de los 16 artículos presentados en el informe de la Comisión de Sistemas de Justicia, entre los que se encuentra el de pluralismo jurídico.

Cabe destacar que cada norma necesita 103 votos, es decir, 2/3 del quórum para ser aprobadas en general y pasar a su discusión en particular.

La norma que establece el denominado pluralismo jurídico fue aprobada por el pleno con 114 votos a favor y 37 votos en contra.

El artículo aprobado establece que “el Sistema Nacional de Justicia coexiste, en un plano de igualdad, con los Sistemas Jurídicos Indígenas“.

A lo anterior, agrega que es deber del Estado garantizar una adecuada coordinación entre ambos sistemas, “con pleno respeto al derecho a la libre determinación y los estándares internacionales de derechos humanos interpretados interculturalmente”.

La mayor crítica la realizaron convencionales de derecha, quienes aseguran que se trata de un sistema paralelo de justicia.

La ex presidenta del organismo, Elisa Loncón, aclaró “que esto no se trata de entrar en tierra de nadie”, descartando una intervención en el sistema jurídico actual. Si no que, para ella se trata de “mantener a los sistemas coordinados“.

Al articulo 2 del informe de la comisión de Sistemas de Justicias, referente al pluralismo jurídico deberá ser revisado de manera particular por el pleno, este jueves a eso de las 15:00 horas.

Para que suceda lo anterior, las normas deben ser aprobadas por al menos 103 votos de manera general.

Los artículos que sacan menos de 103 votos, pero más de 77, es decir, mayoría simple, son rechazadas. Sin embargo, vuelven a la comisión respectiva para que esta realice cambios.

Escrito por: Redacción ZonaZero