El Congreso Nacional. Octava parte. [Por Víctor Hernández Godoy]

21 de agosto de 2022

¿Por qué el régimen que gobernó a Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990 se le considera una dictadura? Aunque parezca un contrasentido no se debe únicamente a la violación sistemática de los derechos humanos. Al fin y al cabo, muchos gobiernos elegidos en forma democrática terminan convertidos en crueles regímenes, encabezados por líderes despiadados que concentran el poder de manera totalitaria ejerciendo un verdadero culto de la personalidad.

Sin embargo, la principal razón por la cual, el citado régimen pasó a la historia como una dictadura, se debió no sólo por perpetrar un golpe de estado contra un gobierno legítimamente establecido, sino que, por haber clausurado, a los pocos días de consumar aquella acción de fuerza, el Congreso Nacional y de proscribir el funcionamiento de los partidos políticos que cautelaban el tinglado de un sistema democrático.

La pregunta que se hacen muchos es, ¿Cómo gobernó entonces la dictadura cívico militar durante tantos años?

En primer lugar, el poder político y el legislativo fue asumido por las tres ramas de las Fuerzas Armadas y el Cuerpo de Carabineros, representados por sus respectivos comandantes en jefe; a ello se agregó, un listado de asesores civiles que colaboraron entregando algunos lineamientos de trabajo.

Como dijimos, la Junta Militar a la par que cerraba el Parlamento mediante la promulgación del Decreto Ley N° 27, un 24 de septiembre de 1973, designaba a varios especialistas para preparar un anteproyecto de Constitución Política que remplazaría a la Carta Magna de 1925. Se conformó un grupo denominado por los periodistas de la época como la Comisión Ortúzar, cuyo accionar fue oficializado a través del Decreto N° 1064, emanado desde el Ministerio de Justicia, el 25 de octubre de 1973.

Hasta que empezó a regir la Constitución de 1980, el 11 de marzo de 1981, la Junta gobernó en base a bandos, decretos, decretos leyes, y decretos con fuerza de ley. Recordemos que luego del golpe de Estado la Constitución de 1925 quedó suspendida por decisión de las autoridades del régimen de facto.

Como lo señalamos al comienzo, el 13 de octubre del 73 a través del Decreto Ley N°77 se disolvió y declaró ilícitos a los partidos políticos de la Unidad Popular, Socialista, Comunista, Radical, Movimiento de Acción Popular Unitario, Izquierda Cristiana, Acción Popular Independiente, Unión Socialista Popular.

De esta manera, las Fuerzas Armadas y de Carabineros contaron con el apoyo de miles de civiles y la complicidad de gran parte del Poder Judicial que toleró y vio con buenos ojos el accionar de la dictadura en su afán conservador y refundacional. Así pudieron concentrar sin contrapeso, el poder ejecutivo y el legislativo.

En este sentido, vale la pena destacar el acto efectuado en la noche del 9 de julio de 1977 en el Parque Metropolitano en Santiago que se conoció como “Discurso de Chacarillas”, en donde el general Augusto Pinochet estableció un programa político de tres etapas:

La primera de ellas, llamada de “Recuperación”, comprendía el período 1977 a 1981, en que fijaba la derogación gradual de la Constitución de 1925 mediante la publicación de Actas Constitucionales.

La segunda parte denominada “Transición”, abarcaba desde 1981 a 1985 y proponía la creación de una Cámara Legislativa que actuaría, contando con el beneplácito del gobierno, como suerte de Poder Legislativo. A contar de 1985 se iniciaría la tercera etapa que suponía la entrega gradual del poder a la civilidad.

Antes que entrara en vigencia la nueva Constitución, se promulgó el 15 de junio de 1978, el Decreto Ley N° 2.200 que creó el Plan Laboral. A su vez, el 13 de noviembre de 1980 se publicó el decreto Ley N° 3.500 que estableció la propuesta de remplazar el antiguo sistema previsional de reparto, administrado por el Estado, por otro de capitalización individual, regulado por privados a través de las Asociaciones de Fondos Previsionales (AFP).

En lo político, la Junta Militar experimentó varios cambios en su composición original. El 24 de julio de 1978 fue destituido el comandante en jefe de la Fuerza Aérea Gustavo Leigh Guzmán. En su lugar asumió Fernando Matthei Aubel.

El 11 de marzo de 1981 el general Pinochet fue investido como Presidente de la República por ocho años, dejando de pertenecer a la Junta Militar. Su cargo fue ocupado en lo sucesivo por los integrantes del Ejército con mayor antigüedad: César Benavides Escobar (1981-1985); Julio Canessa Robert (1985-1986); Humberto Gordon Rubio (1986-1988); Santiago Sinclair Oyaneder (1988-1989) y Jorge Lucar Figueroa (1990).

El 2 de agosto de 1985 se produjo un cambio en el alto mando de Carabineros. El general César Mendoza Durán fue remplazado por Rodolfo Stange Oelckers. En tanto, la presencia de la Armada en la Junta Militar se mantuvo en torno a su comandante en jefe José Toribio Merino Castro hasta el 8 de marzo de 1990, quien fue remplazado por el almirante Jorge Martínez Bush que alcanzó a estar tres días en aquel gobierno.

En el plano legislativo, la Junta dictó el 15 de noviembre de 1985, la ley N° 18.460 que estableció el Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL). A ello se agregó, la publicación de la ley N° 18.556 que creó el Servicio Electoral, como requisito previo para la promulgación de la ley N° 18.700 del 6 de mayo de 1988 sobre Votaciones Populares y Escrutinios, la que estableció los procedimientos para la preparación, realización, escrutinio y calificación de los plebiscitos y de las elecciones de Presidente de la República y de Parlamentarios, proceso que comenzó a verificarse en Chile desde el plebiscito del “Sí” y el “No”, el 5 de octubre de 1988 que permitía o negaba la posibilidad al general Pinochet de gobernar el país, por otros ocho años, lo que finalmente no aconteció.

Escrito por: Víctor Hernández Godoy, escritor, historiador.