El Congreso Nacional. Novena parte y final. [Por Víctor Hernández Godoy]

27 de agosto de 2022

El 11 de marzo de 1990 vuelve a funcionar el Poder Legislativo en Chile, luego de la interrupción a causa del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973 y la posterior clausura impuesta diez días más tarde por las autoridades del régimen de facto que gobernaría el país por diecisiete años.

La primera gran novedad de esta nueva etapa del Congreso Nacional nos lo indica el artículo 1° de la ley N° 18.678, que estableció el funcionamiento del Parlamento en la ciudad de Valparaíso. Recordemos que el Poder Legislativo, desde el día de su fundación el 4 de julio de 1811, salvo contadas excepciones, sesionó en diversos espacios de Santiago, hasta que en 1848, el presidente de la República de aquél entonces, Manuel Bulnes Prieto, ordenó la construcción de un edificio habilitado especialmente para albergar a los parlamentarios. Se escogió la manzana comprendida entre calles Compañía, Morandé y Catedral, al poniente de la Iglesia de la Compañía de Jesús.

Después de casi tres décadas, que supuso la participación en el diseño de la obra de varios arquitectos chilenos y franceses; el trabajo de cientos de obreros en la edificación del palacio y varias tragedias que lamentar, incluyendo el famoso incendio ocurrido en la mencionada iglesia de los jesuitas, con más de dos mil víctimas fatales y cuya consecuencia directa fue la creación del Cuerpo de Bomberos de Santiago, el presidente Federico Errázuriz Zañartu inauguró finalmente el recinto, el 1 de junio de 1876, edificio que fue testigo de los grandes debates y cónclaves políticos que marcaron la vida parlamentaria e hizo del sistema democrático  de nuestro país un modelo a imitar, para muchas naciones del continente.

Como dijimos al principio, con el retorno a la vida democrática en 1990, el nuevo Congreso se conformó de acuerdo a la Constitución de 1980 que en la ley N° 18.825 indica que la Cámara de Diputados contará con 120 miembros elegidos por votación directa; en tanto, el Senado se compondrá de 38 nombres elegidos de la misma manera, más otros 9 designados, cuatro de ellos por el Consejo de Seguridad Nacional, tres por la Corte Suprema, dos, por el Presidente de la República y aquellos ex presidentes que ejercieron el poder durante seis años, en calidad de vitalicios. El período legislativo de los diputados es de cuatro años de duración y el de los senadores, de ocho años.

Se estima que el Parlamento ha sancionado en los últimos treinta años, más de dos mil proyectos en leyes de la República. Varias de ellas han sido muy significativas, contribuyendo a la igualdad efectiva en los derechos de los ciudadanos. Por ejemplo, la ley N° 19.585 del 26 de octubre de 1998 que considera iguales a todos los hijos; la ley N° 19.611 de 16 de junio de 1999, que establece la igualdad jurídica entre el hombre y la mujer; o la ley N° 19.947 del 17 de mayo de 2004, que creó una nueva legislación en torno al matrimonio civil y contempla la posibilidad del divorcio vincular.

La transformación y modernización del añejo sistema de justicia es otro de los temas en que destaca el Congreso durante este período. El 16 de septiembre de 1997 se creó el Ministerio Público, primer paso dentro del eslabón para el funcionamiento de la Reforma Procesal Penal, cuerpo jurídico publicado el 12 de octubre de 2000. En el mismo tenor, se sancionó el 30 de agosto de 2004, la ley N° 19.968 que estableció los Tribunales de Familia.

Una gran reforma a la Constitución de 1980 propuso e impulsó la administración del presidente Ricardo Lagos Escobar (2000-2006). El Congreso, luego de grandes polémicas introdujo el 16 de agosto de 2005 la ley N° 20.050 que permitió realizar 54 modificaciones a la Carta Fundamental, entre ellas, el fin de los senadores designados y vitalicios, y del carácter de inamovilidad de los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas.

En el plano político, destaca la ley N°20.840 promulgada el 27 de abril de 2015 que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional que además, estableció una serie de cambios en el número de miembros que componen el Poder Legislativo. En el caso de la Cámara de Diputados, se disminuyó de 60 a 28 los distritos electorales, y se permitió aumentar de 120 a 155 el número de representantes a la Cámara Baja. En cuanto al Senado, se establecieron quince circunscripciones electorales y el aumento de 38 a 50 representantes para constituir la Cámara Alta.

El 4 de julio recién pasado, el presidente Gabriel Boric Font recibió de manos de la Convención Constitucional un ejemplar, del nuevo texto que busca remplazar a la Constitución de 1980 en el plebiscito de salida del próximo 4 de septiembre.

Se trata de un texto de 178 páginas, 388 artículos y 54 normas transitorias que propone entre otras materias, la sustitución de un Estado subsidiario por uno de bienestar social; la creación de un sistema universal de salud; el fortalecimiento de la educación pública y la protección del medioambiente. En lo político, busca un nuevo orden legislativo. El artículo 251 del capítulo VII determina la creación de un Congreso de Diputadas y Diputados y la supresión del antiguo Senado por una Cámara de las Regiones.

Pocos recordaron que el mismo día en que el presidente Boric recibía en sus manos el trabajo de los convencionales, un 4 de julio, pero de 2002, es decir veinte años atrás, el general Pinochet abrumado por su sobreseimiento en el caso “Caravana de la muerte”, presentaba su renuncia al Congreso como Senador Vitalicio, luego que dos años antes, había sido desaforado debido, a las innumerables acusaciones en su contra, por crímenes de lesa humanidad.

Escrito por: Víctor Hernández Godoy, escritor, historiador.