Finalmente la Contraloría Regional de Magallanes entregó una resolución tras la denuncia presentada por el exconcejal de Punta Arenas, José Aguilante, en contra del exconcejal y ex seremi de Gobierno, Arturo Díaz Valderrama, por haber recibido una duplicidad de remuneraciones.
La denuncia de Aguilante hacía referencia sobre el doble pago en el Samu del Servicio de Salud de Magallanes y su asistencia en horas de trabajo a sesiones de comisiones de Concejo Municipal. En la determinación del órgano contralor se desprende que el ex concejal durante años asistió a comisiones de Consejo sin dejar constancia en su trabajo, esto es, sin autorización, generando que se le pague, a sabiendas, en forma doble, o que se le pague sin haber trabajado. Según el propio Aguilante, queda en en evidencia que se incurrió en autorizaciones pero con efecto retroactivo. En lo particular siempre me movió buscar transparentar este hecho de alta gravedad de una ex autoridad, que llegó a ser seremi de Gobierno y que, además se empeño en denunciar desde una postura de pontificado y de pseudo altura moral, perjudicando con ello a otras personas. Espero se haga justicia y sea conminado a devolver los dineros obtenidos por esta acción durante el periodo en que hizo los cobros mientras fue concejal y a la vez funcionario de Salud», finalizó José Aguilante, al ser consultado.
Cabe mencionar, que tras la revisión de los antecedentes, el ente fiscalizador determinó que algunos permisos otorgados al exconcejal Arturo Díaz fueron improcedentes o que incluso en algunos casos, estos permisos no fueron otorgados y que el funcionario aparece según los registros estar cumpliendo funciones en el SAMU, mientras estaba en comisiones del municipio o bien en Concejo Municipal.
Además el ente fiscalizador, constató que algunos permisos tuvieron recién su resolución durante los primeros meses del 2023, o sea 4 años después de que el concejal ocupará dichos permisos, ante lo cual Contraloría señala que también es improcedente.
Finalmente, Contraloría en su resolución dictaminó que “según los antecedentes expuestos, corresponde que ese organismo – Servicio de Salud- proceda a determinar la cantidad de horas que deben descontarse de las remuneraciones de Juan Arturo Díaz Valderrama, en base a las ausencias, sin perjuicio que entre ambos acuerden imputarlas a feriados, permisos con goce u horas compensadas como se indicó precedentemente, lo que deberá acreditar y documentar en el Sistema de Seguimiento y Apoyo al Cumplimiento de este Organismo de Control, para lo cual dispone de un plazo de 60 días hábiles”.